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Ruffo, “líder de una organización criminal”: FGR; lo acusan de recibir 18 mdp por huachicol

Ernesto Ruffo Es Acusado Por Huachicol Fiscal Noticias

Ruffo, “líder de una organización criminal”: FGR; lo acusan de recibir 18 mdp por huachicol
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El exgobernador era un dirigente dentro de una organización criminal; como accionista mayoritario de Ingemar participó en el aprovechamiento de los recursos generados por la actividad ilícita, afirma la fiscalía

El exgobernador era un dirigente dentro de una organización criminal; como accionista mayoritario de Ingemar participó en el aprovechamiento de los recursos generados por la actividad ilícita, afirma la fiscalía Ernesto Ruffo Appel es acusado por la FGR por los probables delitos de delincuencia organizada y contrabando.

. Foto: Especial, con lo que se aprovechó de recursos generados por el huachicol fiscal, refieren las investigaciones de la Fiscalía General de la República para importar petrolífero, las importaciones realizadas excedieron lo declarado en los pedimentos. El permiso no lo salva porque el exceso no declarado constituye introducción ilícita, adquisición, posesión y enajenación sin derecho respecto del volumen excedente.

Ello, porque el permiso de importación sólo ampara el volumen autorizado, el producto específico y las condiciones establecidas en ese permiso. Esto es, si el importador introduce más volumen del declarado en el pedimento sobre ese excedente, no tiene derecho por no estar amparado en el permiso y, por ende, no está declarado ante laEn la totalidad de los datos de prueba analizados se permite establecer una línea lógica y coherente de intervención, en la que el exgobernador controlaba las personas morales utilizadas como instrumentos del delito, diseñaba el esquema de simulación aduanera y fiscal.

También se encargaba de coordinar a los operadores que ejecutaban materialmente las conductas y se beneficiaba económicamente de las operaciones ilícitas. Además del exmandatario estatal, son acusados Ricardo Thompson Navarro, José María de la Peña Ramos y Guillermo de la Peña Rosales, José Merino Valdés Cuervo, Juan Hermilo Chávez Rodríguez, Luis Antonio Barrientos Juárez y Adriana Magali Bárcenas Guillén.

En el oficio 529-V-DI-V-458/2026, del 19 de junio de 2026, firmado por la Dirección de Investigaciones de la Subprocuraduría Fiscal Federal de Investigaciones de la Procuraduría Fiscal de la Federación, se formula la declaratoria de perjuicio en contra de las personas morales Ingemar yLas personas morales Ingemar y Servicios Aduanales JR participaron en una mecánica de internación de mercancías que derivó en una afectación alEntre ellas: alteración de la naturaleza de la mercancía, donde las personas morales declararon en la documentación aduanera el ingreso al territorio nacional de un producto bajo una clasificación arancelaria y descripción comercial que no correspondía con su composición real.

Otra conducta es la subdeclaración de volúmenes; asimismo, el dictamen técnico contable acredita que las empresas asentaron en sus pedidos de importación un volumen de hidrocarburo por unidad de transporte menor al que realmente se introdujo al país.

“Esta discrepancia se constató al confrontar los datos de los pedimentos contra los dictámenes periciales en materia de volumetría practicados tras el aseguramiento físico". “Confirmando que el volumen real de la mercancía internada difería de la cantidad manifestada ante la autoridad aduanera respecto de la capacidad y el contenido de losDe igual manera, el análisis documental integrado en el expediente revela condiciones administrativas distintas para cada operador respecto del cumplimiento del artículo 48, fracción I de la Ley de Hidrocarburos.

, por lo que la inconsistencia detectada recayó en la descripción del producto y el volumen declarados bajo el amparo de la autorización. , participando en el despacho y manejo de los hidrocarburos efectivamente dictaminados sin contar con la licencia regulatoria exigida por la normativa sectorial”, señala el documento. Este conjunto de hechos tuvo como consecuencia una omisión en el pago de las contribuciones federales a las que ambas empresas estaban legalmente obligadas.

“Señalando que el ingreso de los ferrotanques a territorio nacional ocurrió dentro del periodo comprendido del 11 de abril de 2025 al 29 de junio de 2025”, puntualiza. ¡EL UNIVERSAL ya está en Whatsapp! , desde tu dispositivo móvil entérate de las noticias más relevantes del día, artículos de opinión, entretenimiento, tendencias y más.

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