La SCJN determinó que son constitucionales las normas oficiales mexicanas que permiten a las mujeres menores de edad, víctimas de violación, poder recurrir al aborto sin necesidad de orden judicial ni autorización de sus padres.
FotoSon constitucionales las normas oficiales mexicanas que permiten a las mujeres menores de edad, víctimas de violación, poder recurrir al aborto sin necesidad de orden judicial ni autorización de sus padres. Así lo determinó la SCJN, al señalar que de esta forma se cumple con los estándares mínimos de respeto a los derechos humanos y de protección a los derechos de las víctimas.
En ambas controversias se alegaba la supuesta invasión de las atribuciones constitucionales de los gobiernos estatales, por parte del gobierno federal. La ministra Loretta Ortiz expuso que la norma oficial impugnada era necesaria para incluir los avances en derechos humanos, producto de la reforma constitucional de 2011.
Arturo Zaldívar, ministro presidente, se sumó a la mayoría: “La NOM impugnada no hace sino reconocer el derecho de las víctimas de violación a tomar decisiones autónomas respecto de su cuerpo, salud y proyecto de vida, a la luz de su autonomía progresiva.
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