El pleno de la Suprema Corte avaló que si bien las Fuerzas Armadas no rendirán cuenta de una detención a autoridades policiales, deberán tener acceso para inscribir en el Registro a las personas que sean arrestadas por estas fuerzas.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que es constitucional la Ley Nacional del Registro de Detenciones, aunque ordenó subsanar un par de omisiones legislativas.
Otra interpretación, que ya quedó desechada, era que los soldados debían entregar a los detenidos a alguna autoridad civil para que se realizará el registro electrónico.
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